jueves, 9 de junio de 2011
¿SABIAS QUE?
Existe un reglamento de policía y buen gobierno en nuestro municipio, y esta vigente desde el 30 de octubre de 2002.
Si no lo sabías, hoy te informo que existe y te presentare un extracto de lo que no está permitido hacer en la vía pública.
¿Para qué sirve un Reglamento de Policía y Buen Gobierno?
Sirve para garantizar la tranquilidad y la seguridad de las personas físicas o morales, para proteger y preservar la moral y el orden público y las buenas costumbres.
¿Quien se encarga de vigilar que no se cometa ninguna falta al reglamento?
La Policía Municipal, se encarga de vigilar que no se altere el orden público, mediante rondines continuos en tu barrio o colonia.
¿Quien comete una falta administrativa?
Todo miembro de la sociedad, desde un menor hasta una persona adulta, sea masculino o femenino.
Algunos de los Artículos y fracciones más comunes que infringe la sociedad son los siguientes:
Artículo.-14
Contravenciones al orden público:
Fracciones.-
I.- Causar escándalo en lugares públicos.
II.-Proferir o expresar en cualquier forma, frases obscenas, despectivas o injuriosas en reuniones o lugares públicos contra las instituciones o sus agentes.
III.- Ingerir bebidas alcohólicas en la vía publica o permanecer en estado de embriaguez causando escándalo en lugares públicos.
IX.-Drogarse mediante la inhalación de solventes o cementos plásticos, así como por medio de cualquier otro tipo de substancias que produzcan alteraciones transitorias o permanentes en el sistema nervioso.
X.-Traer la música por las calles haciendo escándalo o causando molestias a las personas o vecinos con aparatos de sonido.
Artículo.-15
Son contravenciones del régimen de seguridad de la población
Fracciones.-
I.- Hacer resistencia a un mandato legítimo de la autoridad municipal o sus agentes.
II.-Hacer entrar animales en lugares prohibidos o dejarlos libres en lugares habitados o públicos, con peligro de las personas o de sus bienes.
III.- Utilizar la vía pública o lugares no autorizados para efectuar juegos de cualquier clase.
VII.- lanzar voces que por su naturaleza puedan infundir pánico.
Artículo.-17
Son contravenciones sanitarias
Fracción.-
IV.- Orinar o defecar en la vía pública o en lugares públicos no propios para ello.
Artículo.-25
Contravenciones a la buena prestación de servicios Públicos
Fracciones.-
I.-Dañar, destruir o remover del sitio en que se hubieren colocado las señales usadas en la vía pública.
II.- Apagar o dañar las lámparas del alumbrado publico.
III.- Solicitar falsamente por cualquier medio los servicios de emergencia de policía de transito.
Para mayor información
Comunicarse a los teléfonos
499) 992-0073, 992-0356, 992-0209, ext. 117
O visita la página de internet www.colotlan.gob.mx.
Glosario:
Contravención: Desobediencia, incumplimiento, quebrantamiento, falta, vulneración, infracción, inobservancia, vulneración.
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